Escuela Oficial de Idiomas de Avilés

Derechos de los interesados

Ejerce tus derechos

La normativa de protección de datos permite que cualquier interesado pueda ejercer ante el responsable del tratamiento, en este caso, la Escuela Oficial de Idiomas de Avilés, los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones individualizadas.

Estos derechos se caracterizan por lo siguiente:

  • Su ejercicio es gratuito.
  • Si las solicitudes son manifiestamente infundadas o excesiva (p.ej., carácter repetitivo) la Escuela oficial de idiomas de Avilés podrá:
    • Cobrar un canon proporcional a los costes administrativos soportados.
    • Negarse a actuar.
  • Las solicitudes serán respondidas en el plazo de un mes por la Escuela oficial de idiomas de Avilés, aunque, si se tiene en cuenta la complejidad y número de solicitudes, se puede prorrogar el plazo otros dos meses más.
  • La Escuela oficial de idiomas de Avilés está obligada a informar sobre los medios para ejercitar estos derechos. Estos medio deben ser accesibles y no se puede denegar este derecho por el solo motivo de que el interesado opte por otro medio.
  • Si la solicitud se presentara por medios electrónicos, la información se facilitará al interesado por estos medios cuando sea posible, salvo que el interesado solicite que sea de otro modo.
  • Si la Escuela oficial de idiomas de Avilés no da curso a la solicitud, informará y a más tardar en un mes, de las razones de su no actuación y la posibilidad de reclamar ante una Autoridad de Control.
  • Los derechos se pueden ejercer directamente o por medio de representante legal o voluntario.
  • Cabe la posibilidad de que algún encargado de tratamiento sea quien atienda la solicitud por cuenta del responsable del tratamiento, si ambos lo han establecido en el contrato o acto jurídico que les vincule.

Derecho de acceso

RGPD. Artículo 15.

El derecho de acceso es el derecho a dirigirse al responsable del tratamiento para conocer si está tratando o no los datos de carácter personal y, en el caso de que ese esté realizando dicho tratamiento, obtener la siguiente información:

  • Una copia de los datos personales que son objeto de tratamiento.
  • Los fines del tratamiento.
  • Las categorías de datos personales que se tratan.
  • Los destinatarios o las categorías de destinatarios a los que se comunicaron o serán comunicados los datos personales, en particular, los destinatarios en países terceros u organizaciones internacionales.
  • El plazo previsto de conservación de los datos personales, o si no es posible, los criterios utilizados para determinar ese plazo.
  • La existencia del derecho del interesado a solicitar al responsable: la rectificación o supresión de sus datos personales, la limitación del tratamiento de sus datos personales u oponerse a ese tratamiento.
  • El derecho a presentar una reclamación ante una Autoridad de Control.
  • Cuando los datos personales no se hayan obtenido directamente del interesado, cualquier información disponible sobre su origen.
  • La existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, y al menos en tales casos, información significativa sobre la lógica aplicada, la importancia y las consecuencias previstas de ese tratamiento para el interesado.
  • Cuando se transfieren datos personales a un tercer país o a una organización internacional, el derecho a informar al interesado de las garantías adecuadas en las que se realizan las transferencias.

Derecho de rectificación

RGPD. Artículo 16.

El ejercicio de este derecho supone que el interesado podrá obtener la rectificación de sus datos personales que sean inexactos sin dilación debida del responsable del tratamiento.

Teniendo en cuenta los fines del tratamiento, el interesado tiene derecho a que se completen sus datos personales que sean incompletos, inclusive mediante una declaración adicional.

En la solicitud se deberá indicar claramente a qué datos se refiere el interesado y la corrección que debe realizar el responsable de tratamiento. Además, cuando sea necesario, el interesado deberá acompañar a la solicitud la documentación que justifique la inexactitud o el carácter incompleto de los datos personales.

Derecho de oposición

RGPD. Artículo 21.

Este derecho, supone que el interesado se puede oponer a que el responsable realice un tratamiento de los datos personales en los siguientes supuestos:

  • Cuando sean objeto de tratamiento basado en una misión de interés público o en el interés legítimo, incluido la elaboración de perfiles:
    El responsable dejará de tratar los datos personales salvo que acredite motivos imperiosos que prevalezcan sobre los intereses, derechos y libertades del interesado, o para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
  • Cuando el tratamiento tenga como finalidad la mercadotecnia directa, incluida también la elaboración de perfiles anteriormente indicada:
    Ejercitado este derecho para esta finalidad, los datos personales dejarán de ser tratados para estos fines.

Derecho de Supresión (“al olvido”)

RGPD. Artículo 17.

El interesado podrá ejercitar este derecho ante el responsable solicitando la supresión de sus datos de carácter personal cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Los datos personales del interesado ya no son necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos o tratados de otro modo.
  • Si el tratamiento de los datos personales del interesado se ha basado en el consentimiento que se ha prestado al responsable, y se retira el mismo, siempre que el citado tratamiento no se base en otra causa que lo legitime.
  • Si el interesado se ha opuesto al tratamiento de sus datos personales al ejercitar el derecho de oposición en las siguientes circunstancias:
    • El tratamiento del responsable se fundamentaba en el interés legítimo o en el cumplimiento de una misión de interés público, y no han prevalecido otros motivos para legitimar el tratamiento de los datos personales.
    • A que los datos personales sean objeto de mercadotécnica directa, incluyendo la elaboración de perfiles relacionada con la citada mercadotecnia.
  • Si los datos personales del interesado han sido tratados ilícitamente.
  • Si los datos personales deben suprimirse para el cumplimiento de una obligación legal establecida en el Derecho de la unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento.
  • Si los datos personales se han obtenido en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la información mencionados en al artículo 8, apartado 1 (condiciones aplicables al tratamiento de datos de los menores en relación con los servicios de la sociedad de la información).

Además, el RGPD al regular el derecho de supresión, lo conecta de cierta forma con el denominado “derecho al olvido”, de manera que este derecho de supresión se amplíe de tal forma que el responsable del tratamiento que haya hecho públicos datos personales esté obligado a indicar a los responsables de tratamiento que estén tratando tales datos personales que supriman todo enlace a ellos, o las copias o réplicas de tales datos.

Este derecho no es ilimitado, de tal forma que puede ser factible no proceder a la supresión cuando el tratamiento sea necesario para el ejercicio de la libertad de expresión e información, para el cumplimiento de una obligación legal, para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable, por razones de interés público, en el ámbito de la salud pública, con fines de archivo de interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos, o para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.

Derecho a la limitación del tratamiento

RGPD. Artículo 18.

Este nuevo derecho consiste en que el interesado obtenga la limitación del tratamiento de sus datos que realiza el responsable del tratamiento, presentando dos vertientes:

El interesado puede solicitar la suspensión del tratamiento de sus datos:

  • Cuando impugne la exactitud de sus datos personales, durante un plazo que permita al responsable su verificación.
  • Cuando se haya opuesto al tratamiento de sus datos personales que el responsable realiza en base al interés legítimo o misión de interés público, mientras aquel verifica si estos motivos prevalecen sobre los del interesado.

El interesado puede solicitar al responsable la conservación de sus datos:

  • Cuando el tratamiento sea ilícito y se haya opuesto a la supresión de los datos y en su lugar solicita la limitación de uso.
  • Cuando el responsable ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento, pero el interesado los necesite para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.

Derecho a la Portabilidad

RGPD. Artículo 20.

Este derecho a la portabilidad, es una forma avanzada del derecho de acceso, consiste en que cuando el tratamiento se efectúe por medios automatizados, el interesado podrá recibir sus datos personales en un formato estructurado, de uso común, de lectura mecánica e interoperable, y se puedan transmitir a otro responsable del tratamiento, siempre que el tratamiento se legitime en base al consentimiento o en el marco de la ejecución de un contrato.

Este derecho, por su propia naturaleza, no se puede aplicar cuando el tratamiento sea necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable.

El derecho a la portabilidad implica que los datos personales del interesado puedan transmitirse directamente de un responsable a otro, sin necesidad de que sean transmitidos previamente al propio interesado, siempre que ello sea técnicamente posible.

Derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas

RGPD. Artículo 22.

Este derecho pretende garantizar que el interesado no sea objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento de sus datos, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos jurídicos sobre el interesado o le afecte significativamente de forma similar.

Sobre la elaboración de perfiles, se trata de cualquier forma de tratamiento de los datos del interesado que evalúes aspectos personales, en particular, analizar o predecir aspectos relacionados con el rendimiento en el trabajo, situación económica, salud, las preferencias o intereses personales, fiabilidad o el comportamiento.

No obstante, este derecho no será aplicable cuando:

  • Sea necesario para la celebración o ejecución de un contrato entre el interesado y el responsable del tratamiento.
  • El tratamiento de los datos se fundamente en el consentimiento del interesado, prestado previamente. No obstante, en estos dos primeros supuestos, el responsable del tratamiento debe garantizar el derecho a obtener la intervención humana, expresar el interesado su punto de vista e impugnar la decisión.
  • Esté autorizado por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros y se establezcan medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades e intereses legítimos del interesado. A su vez, estas excepciones no se aplicarán sobre las categorías especiales de datos (Art. 9.1), salvo que se aplique el artículo 9.2 letra a) o g) y se hayan tomado las medidas adecuadas citadas en el párrafo anterior.